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El día 2 de noviembre de 2010 firmé el contrato de un piso con duración de un año, prorrogable a 5. Por lo tanto, llevo viviendo en él 4 meses. Ayer recibí una llamada de la propietaria comunicándome que en junio quiere entrar a vivir en el piso, por lo que tengo que salir antes de esa fecha.
¿Hasta qué punto tiene derecho a exigirme que me vaya si no se ha cumplido ni un año del contrato? ¿Qué puedo exigirle?
Esta nueva situación me ocasiona varios problemas, lógicamente la búsqueda de nuevo piso y la mudanza, además de tener que dar de baja y solicitar nuevamente la Renta de Emancipación, con el consiguiente riesgo de que no me la vuelvan a conceder.
Muchas gracias de antemano por las respuestas.
hace 2 meses alquile un departamento por 2 años al no tener recibo de sueldo puse como garante una pension beneficio 40 y page 2 meses adelantados y puedo estar hasta el dia 10 de mayo que es lo que tengo pago pero tambien page 1.560 $ de gastos administrativos y 1.400 de alquiler pero ahora no puedo conseguir trabajo y quiero irme pero el problema es que quieren cobrarme 1.050 $ por indemnización al propietario por irme antes de los 2 años y yo no puedo pagar eso por que no tengo trabajo que problemas legales puedo tener yo o mi garante por no querer pagar los 1.050 $ por favor resspondan a mi mensseger gracias
Hola lauif:
en el siguiente enlace encontrará información detallada sobre el tema de su consulta:
http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/
reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández
Hola Paolo_X,
Ante todo gracias por la respuesta.
he leído el contrato de arriba a abajo varias veces, por sí se me escapaba algo, y en ninguna cláusula hace mención a la necesidad del propietario de disponer del piso.
un saludo.
Lauif,
Tienes derecho a estar allí 5 años por mucho que diga la casera.
eso si, si el contrato contemplaba la necesidad del propietario puede haber casos en los que tenga derechos.
en tu contrato dice algo de que el dueño puede necesitar el piso? Si? Puedes transcribir lo que pone?
si no pone nada al respecto, hasta los 5 años no te saca nadie de allí.
por otro lado, siempre puedes negociar una indemnización por irte; si te interesa.
algo mas o menos normal serian:
- Devolución completa de la Fianza y Avales.
- Abono del coste de Mudanza
- Abono de los honorarios de la agencia del nuevo piso.
- 6 Meses de renta de indemnización.
a ver como reacciona.
saludos.
pablo.
Tienes absoluto derecho a permanecer en el alquiler durante al menos el primer año. Aun cuando el contrato estableciese expresamente que el propietario podrá impedir la prórroga anual por necesitar la vivienda para sí (compruébalo), tendría que esperar efectivamente a que se aproxime la fecha de ese primer año, 2 de noviembre de 2011. Así lo dispone el artículo 9.3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Haz valer tu derecho y la propietaria que se informe adecuadamente de los suyos.