Problemas con el propietario de mi piso en alquiler
Hola ,a todos os paso a explicar lo que me pasa.
En el número que yo vivo sale un patio de luces del cual salen 3 escaleras a, b y c.
Desde toda la vida los arreglos de todas las tuberías sea cual sea la escalera que le pasara , dividían el coste entre los 3 patios.
Hasta hace unos meses que en mi patio se decidió en una reunión que no pagaban más que los gastos que ocasionara nuestro patio, el mes pasado en la escalera C se han hecho unos arreglos en la terraza que nosotros no pisamos, solo ellos, y nos han pasado la factura y nosotros le hemos dicho que no la pagamos.
Pues cual es mi sorpresa que la dueña de mi piso me ha dicho que ya que no se hace cargo la escalera me va a subir el recibo del alquiler un tanto % porque lo tengo que pagar yo.
Y en mi contrato no pone que me tenga que hacer cargo nada más que de los desperfectos de mi casa.
Y la pregunta es eso que quiere hacer ella es legal?.
El contrato es del año 2001 y por lo que puedo entender del contrato sólo me puede incrementar lo lógico la subida de la vida y el ibi.
Y para más cachondeo estoy desde que entré pagando la comunidad cuando en el contrato pone que la comunidad ya esta dentro del alquiler así que encima 7 años pagando comunidad sin deber hacerlo.
Tendré que ir a un abogado ya que esta mujer dice que tengo que pagar yo lo que me corresponde a mi puerta y que me lo desglosa en los recibos.
Si tu contrato es posterior al 1 de enero de 1995, y no se especifica nada de los gastos de comunidad tu casera no puede cobrarte absolutamente nada por los arreglos que se tengan que hacer en la comunidad. Mucho menos subirte el recibo del alquiler, dile que te lo notifique por escrito, la subida y la causa de la misma, despues te niegas a pagarla y si te demanda, siempres tendrás el escrito para justificar ante el Juez que la subida que pretende no está amparada en derecho.
Los gastos de comunidad, eso parece ser lo que usted expone, se pagan según figure en el contrato. Teniendo en cuenta que además en este caso se trata de derramas extraordinarias por lo que deben estar especificadas en el contrato para que usted las pague.
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