Buenos días, Respecto el punto 1, la fianza legal como tal conocido es un mes que es lo que se deposita en el IVIMA. El otro mes es fianza voluntaria. Usted guarde el recibdo que entrego dos meses de fianza para exigirlo el día que se vaya del piso.
Punto 2. Respecto el pago, yo entiendo que mientras usted haga la transfarencia dentro de los 5 primeros días de cada mes no habría inconveniente, si el dinero le llega más tarde es porque ella debe ser de otra entidad. Usted no incumple el contrato.
Punto 3. ¿Lo del trastero no se reflejó en el contrato de arrendamiento? Si no consta, es complicado, es su palabra contra la suya.
Punto 4. Respecto los desperfectos, yo enviaria Burofax.
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