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Natalia

inquilino/a

Problemas con mi casero
Buenas. Os expongo mi problema. Llevo un año viviendo de alquiler en un piso. En el no se puede dormir porque los vecinos hacen mucho ruido por la noche. Ademas hace micho frio dentro y cuando llueve entra agua por las ventanas y se me inunda media casa. Ademas de que el dueño no tiene seguro en la casa y cuando surgio un problema con una cañeria me dijo que llamara a un fontanero que el no tenia seguro. Bueno yo busque otro piso dandole 15 dias para irme pero el dice qie no que le tengo que avisar un mes. Yo no se si es legal qie en el estado que estoy viviendo tenga que esperar un mes para irme y asi cobrarme un mes mas de alquiler...no veo que el piso cumpla las condiciones de vivienda habitable...que puedo hacer?? Tengo algun tipo de derecho de reclamar mi fianza e irme a los 15 dias? Muchas gracias.
  • Preguntado por: Natalia
  • Hace 7 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
  • Nube

    inquilino/a

    Legalmente tiene que avisar al casero con al menos 30 días de antelación. La fianza está para cubrir los desperfectos que pueda haber ocasionado en el piso y los consumos que queden pendientes. Tendría que revisar en su contrato además, si viene indicado que exista penalización de 1 mes de renta por cada año que quede por cumplir y el tiempo de duración del contrato, por si tuviera alguna penalización por desistimiento anticipado. Si no hay nada pendiente, la fianza se la tendría que devolver.
    No olvide firmar el finiquito a la entrega de llaves donde quede constancia del estado del piso, consumos pendientes, etc.
    Y por otro lado, indicarle que no es obligatorio que el casero tenga seguro. Lo que sí es conveniente es que tanto él como usted lo tengan.
    • Respondido por: Nube
    • Hace 7 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Para desistir del contrato, no le tienes que dar ni quince días , ni un mes, le tienes que dar treinta días de preaviso ( artº 11 de la LAU) por tanto tienes que esperar al vencimiento de los treinta días obligados por ley. La fianza te la tiene que devolver, descontando, en su caso, los desperfectos y deudas de suministros que dejes el día de la firma de resolución de contrato.
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