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Desde que he llegado a la casa que he alquilado hace unos 6 meses, no he dejado de tener problemas, que si se rompe la puerta del garaje, que si el termo no funciona, que si una lampara esta rota, y un largo etc..intento ponerme en contacto con el casero y no contesta y, cuando lo ha hecho, dos veces, me dice que arregle todo y luego lo descuente del alquiler.
El problema es que ahora es más grave porque tengo que cambiar placa vitrocerámica ya que al estar estallada cuando entre al piso, ha seguido rompiendose más con el calor, y además, el termo ya no para de gotear ,con lo que tendré que cambiar las dos cosas y será caro. No logro contactar con el dueño y la inmobiliaria se lava las manos. Yo cumplo con el pago de mi alquiler pero si él no cumple con tener la casa con las condiciones mínimas de habitabilidad, qué puedo hacer? Hago los arreglos y las compras y luego lo descuento del alquiler? o debería ponerlo en conocimiento de alguien? pero, de quien? si no tengo ningún teléfono ni dirección más?, el miedo que me da que cualquier día el termo de una descarga, el enchufe también, la placa se estalle del todo....Una respuesta por favor!
Deberías de ponerlo en conocimiento de alguien,del casero hace 6 meses cuando entraste al piso. Al hacer contrato tú firmaste que recibías todo lo del piso en debidas condiciones . Si no fue así debiste comunicarlo por burofax con acuse de reciubo todos los desperfectos,averías,... ya que si (oficialmente) recibiste todo en debidas condiciones al final de contrato te exigirá lo dejes en debidas condiciones y sino te deducirá los arreglos de la fianza que entregaste e, incluso, si fuera mayor dicho iumporte te exigirá la diferencia. También hay que leer el contrato, a veces, se pone una cláusula de carencia,es decir, un plazo para la revisión de todo el piso,mobiliario,....etc. Mándale un burofax con acuse de recibo. En caso de rescindir contrato lo harás comunicándole por burofax con acuse de recibo 30 dias antes de finalización cada anualidad.
Si después de comunicación de daños por burofax con acuse de recibo pidiendo contestación en el plazo de unos dias, cuatro o cinco,, el arrendador no contesta puede el inquilino en virtud del Art. 26 pedir la suspensión o rescisión del contrato sin indemnización. Si el arrendador no lo acepta, tendría que ser un juez. Si es posible un arreglo mejor negociar con el casero.
Según Art. 21, una vez comunicadas las obras de conservación, es obligación del casero arreglarlas.
También según Art. 21 las pequeñas reparaciones corresponden al inquilino.
Saludos,