Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Hace 5 años que tenemos un bar alquilado, el propietario murió en junio del 2009, y pasó a sus tres hijos, el pago es de 6oo euros mensuales, y se acordó pagar 290+ está puesto en el contrato pero se acordó verbalmente ya que se habian echo unas mejoras en el local con el propietario de no pagar hasta los 4000 euros que fue el coste de la obra, (los 600 se han ido pagando religiosamente) el fin de esta deuda será el mes de febrero, pero los hijos ahora quieren disolver la CB y hacer una sociedad y desahuciarnos, pueden hacernos eso, o puede haber una solución. La duración del contrato es de 20 años. gracias.
Ante todo debe saber que el fallecimiento del arrendador no es causa de resolución de un contrato de arrendamiento, por lo tanto si tiene un contrato de 20 años de duración los herederos del fallecido están obligados a respetarlo constituyan o no una sociedad, incluso si esa sociedad compra el local pueden tener derecho de retracto sobre la compra.
Lo que no parece tan fácil es hacer vales acuerdos verbales frente a los nuevos dueños, salvo que los puedan acreditar.
Si quiere ampliar la consulta puede hacerlo directamente por teléfono: 807 520 008 (1,18 €/min. Desde fijo; 1,53 €/min. Desde móvil) http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/