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Despues de 9 meses de contrato sin que se pueda contratar la luz, no haya funcionado nunca el ascensor y el parking carezca de permisos para aparcar, quiero demandar a la inmobiliaria con los costes que me ha ocasionado.
Tengo que decir que el contrato especifica que no se pagará renta mientras no se puedan contratar los suministros, ( es cierto que lo han respetado)y que hay luz de obra para quien la quiera coger de la escalera.
Sin embargo no es lo que me habian informado y llevo esperando 9 meses a que se solucionen los problemas para entrar a vivir.
Por ello he pedido la resolucion y que me abonen 400 € que me he gastado en altas de agua y consumos mínimo sin vivir alli.
Creeis que tengo razon? Como lo puede intepretar un juez? Lo dejo pasar y me voy con lo puesto?
Cabe aplicar la regla de siempreen los arrendamientos de vivienda siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados puede exigir la intervención de Letrado y Procurador, para resolver el conflicto en sede judicial.
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