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¿Podemos reclamar a nuestra compañera de piso el importe proporcional al alojamiento de su pareja?
Somos 3 chicas titulares de un contrato de arrendamiento por 5 años. A la firma del contrato acordamos verbalmente tres condiciones adicionales respecto a los turnos de limpieza, el importe de los gastos por la compra del mobiliario compartido y, sobre todo, fuimos muy explícitas a la hora de acordar que en el piso no se alojaría ninguna de nuestras parejas por respeto y consideración al resto de compañeras. A 8 meses de la firma del contrato, una de las inquilinas y titulares sólo ha cumplido con lo referente al pago de los gastos. Por lo demás, no colabora en la limpieza del piso ni la escalera y su novio lleva los últimos 4 meses pasando la noche en el piso sin el consentimiento de las otras 2 titulares entre las que me incluyo. La situación actual es que dejan el piso, que por una parte es lo que nos interesa, pero por otra nos fastidia porque nos deja colgadas con el alquiler y además reclama su parte económica por la compra del mobiliario.
¿Cómo podemos actuar en este caso? ¿Podemos reclamarle la parte de alquiler que nos “debe” su pareja? O ¿su parte de alquiler hasta que se cumpla el primer año de contrato?
Espero vuestra respuesta. Muchas gracias.
Gracias por tu ayuda Amparo.
En principio, no pretendemos reclamarle judicialmente nada a menos que siga insistiendo en que le abonemos la parte proporcional de la compra de los muebles después de haber instalado aquí a su novio y habernos causado tantas molestias. Es decir que, tranquiliza saber que "a malas" tiene las que perder, pero precisamente por eso creo que podremos llegar a un acuerdo y se vaya que al fin y al cabo es lo que nos interesa.
No obstante, de acuerdo con los links que adjuntas, se me plantean dos dudas más.
Primera duda: en nuestro contrato de arrendamiento no figura expresamente la palabra SOLIDARIO ¿se entiende entonces que es un contrato MANCOMUNADO?
Si así fuera, más que preocuparnos por reclamarle judicialmente nada a nuestra ex-compañera, nos inquieta más que a su marcha se "anule" el contrato automáticamente y nos puedan llegar a deshauciar, ya que a nosotras nos interesa quedarnos. ¿De qué manera se podría evitar? ¿Se podría negociar antes con el arrendador, hacer un nuevo contrato, informarle de que buscaremos otra persona con la que convivir? ¿Con cuanta antelación deberíamos avisar a la empresa que nos lo gestiona? En caso de deshaucio expres, ¿de cuanto tiempo estamos hablando?
Por otra parte, si nuestro contrato fuera SOLIDARIO, entiendo que no hay riesgo de deshaucio, pero que seguiremos pagando el importe acordado al arrendador, teniendo la opción de subalquilar la habitación de la discordia bajo su consentimiento. ¿Es correcto?
Segunda duda: en uno de los links mencionais que solo es arrendatario el que firma el contrato. En nuestro caso somos dos titulares que firmamos, y en una de las claúsulas se especifica nombre y dni de la 3a persona con la que convivimos. Aunque no haya firmado, ni sea titular, esta tercera persona tiene los mismos derechos y obligaciones que el resto en los dos tipos de contratos de arrendamiento? Cuando se vaya la otra titular, el contrato se volverá a redactar, firmar y cobrar? o bastará con que el titular en cuestión firme su renuncia?
Creo que cualquier reembolso que tuviérais que hacer - moralmente - por los muebles, se compensará sobradamente por el alojamiento "gratuito" de su pareja, y por su desistimiento anticipado, que eso si que es una faena para las demás.
Hasta podríais reclamarle judicialmente el dinero del resto del año
Lee estos post y si luego aún necesitas alguna aclaración, no dudes en volver a preguntar. (En este mismo hilo - haciendo clic en "contesta")