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El contrato sería anual, con un mes de aviso para no prorrogar justo antes del vencimiento -- al parecer, lo habitual. Tenemos el miedo de que si por cualquier causa inesperada el propietario nos obligue a abonar el resto de cuotas que queden del año. ¿existe alguna cláusula que le podamos pedir que incluya para que se prevea una rescisión del contrato con X meses de preaviso? ¿existe algún modelo? Gracias por todo.
Hola Ryan:
Sí, nada impide que se pacte una cláusula de desistimiento a favor del arrendatario con o sin derecho a indemnización a favor del arrendador. Pese a ello le sugiero que el contrato sea redactado por un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
http://letradosalquileres.es.tl
Efectivamente hay cierta libertad de pactos, sin embargo el casero no puede pactar la renuncia a su derecho a prórroga por cinco años y por lo tanto no es fácil que esté dispuesto a conceder al inquilino la facultad de marcharse cuando le venga en gana.
http://www.pedrohernandezabogado.com/
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Buenas tardes,
En un contrato de arrendamiento rige la libertad de las partes (LAU) y por tanto pueden pactar un preaviso.
Si quieres un modelo de contrato o un asesoramiento más personalizado, puede consultar
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