Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Hola,
Soy arrendatario de una plaza de garaje, pero desde hace unos días alguien ha ocupado la plaza.
¿qué puedo hacer? Gracias.
Un saludo.
Como dije, es lo que normalmente sucede.
me alegro de un final feliz y de que se haya solucionado todo.
y qué útil es la policía a veces, que siempre se les vende muy mala imagen.
Fijate que sencillo era, un simple error.
me alegro del final feliz.
Al final todo se ha resuelto bastante bien.
Fui a la comisaria, la policía mandó a un agente a la dirección del propietario del vehiculo que ocupaba la plaza. A este señor le habian prestado la plaza contigua a la mia (que lleva vacía bastante tiempo) y por error dejó el coche en mi plaza.
Muchas gracias por vuestra ayuda. Un saludo.
Vic.
En teoría eres tú quién tienes que acudir a la comisaría, pero también puede hacerlo tu arrendador, pues su obligación es garantizarte el use y disfrute de las partes arrendadas en su gozo pacífico.
Si puede solucionarlo, tiene la obligación moral como mínimo, y no sé la civil hasta que punto dicho lo anteriormente.
Les agradezco mucho su ayuda.
tengo otra duda. ¿me corresponde a mi solucionar esta situación o al arrendador?
le he pedido que solucione mi problema. Me dice que me puede ayudar, pero que es a mi a quien corresponde solucionar el problema ya que yo tengo el uso de la plaza.
gracias de antemano. Un saludo
Pholmo, se interviene, te lo aseguro.
normalmente se localiza al propietario del vehículo y se le encomienda a retirarlo. En caso de seguir en sus trece se le puede imputar un delito de usurpación. ( art. 245. 2 Código Penal).
Por si tienes alguna duda de que puede llegar a constituir delito penal, te dejo el siguiente enlace.
http://www.diariosur.es/20080202/malaga/piden-multa-estacionar-plaza-20080202.html
también hay jurisprudencia al respecto:
Rollo de apelacion nº 143/06 rp
Juicio oral nº 332/05
Juzgado de lo penal nº 1 de Móstoles
S e n t e n c i a nº 249/06
Audiencia provincial de madrid
Seccion decimosexta
Pero ya digo que, normalmente, se localiza al propietario y se termina ahí el asunto. Debes recordar que, una de las funciones de las fcse es la "Intervención en la resolución amistosa de conflictos privados" lo 2/86.
otro tema diferente es como actuen en dicha comisaría, y si "pasan" de todo o hacen bien su trabajo, que he visto y sé de demasiadas cosas que son inadmisibles, como hacer pasar a una madre con hijos, de buena posición social, la noche en el calabozo porque, después de que ella llamase ya que la agredieron dos personas, estaba "nerviosa" y...
Veo dificil que la Policía intervenga en ese caso, si lo consigue sería bueno que nos lo contara.
Descargue el DICCIONARIO JURIDICO DEL ALQUILER
para ampliar más o aclarar esta información puede Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención Directa e inmediata (1,18 eur. /min. Desde Fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
http://www.pedrohernandezabogado.com/
Es conveniente que vaya con fotos y otro tipo de pruebas para demostrar la denuncia.