Si no lo tiene asegurado deberá responder el directamente de los daños que se causen, y con arreglo a la ley le corresponda al propietario.
El seguro simplemente sirve para cubrir la responsabilidad del asegurado, sin que se vea afectado su patrimonio.
Si el dueño está obligado por el banco, o no, es algo entre ellos, no afecta al arrendatario.
Como inquilino no puede exigir que se asegure la vivienda, ni como arrendador tampoco. Al menos a posteriori, en su momento sí se podría haber establecido como un pacto en el contrato.
Por pura prudencia personal es conveniente contratar un seguro que cubra los daños que uno teme sufrir.
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