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ana cristina ballest

inquilino/a

¿Me debería de poner un armario decente, cambiar el somier y arreglar los enchufes?
He alquilado un piso y cuando hemos entrado a vivir hemos visto que 2 d los 4 somieres son de metal y están dados de sí, una habitacion tiene 3 enchufes rotos y sólo funciona 1 y a una habitacion le faltaba el armario y dijo la dueña que nos lo pondría y la sorpresa ha sido que trajo uno de plástico (de niños) que creíamos que era provisional y cuando le hemos ido a decir que pusiera uno en condiciones dice que no, que tampoco cambia los somieres y que los enchufes no funcionaban cuando ella adquirió el piso, vamos ¡que ella no es nuestro libro de reclamaciones!
Por lo que firmamos anteriormente el contrato pero no el inventario, el cual nos negamos a firmar si no arreglaba eso. En el contrato pone piso amueblado (aunque la dueña puso pocos muebles y nosotros hemos puesto el resto)
Nuestra duda es que si ella debe de hacer esas mejoras y que si no firmamos el inventario nos puede traer males mayores.
Gracias y un saludo!
  • Preguntado por: ana cristina ballest
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Ramon Ruiz ha sido el primero en contestar
  • usuario eliminado

    El desespero y la necesidad traen consigo después el arrepentimiento y tener que afrontar mayores gastos y vicisitudes.
    La dueña trató por todos los medios obtener una renta para suplir sus necesidades. Ustedes necesitados de un techo y con toda la buena fe del mundo firmaron un contrato.
    Los contratos se pueden anular o modificar cuándo existan vicios que lo ensombrezcan.
    Qué dice la ley de arrendamietos urbanos relacionado al amueblado de los pisos? nada aclara de lo que se considera deba tener un inmueble para considerarse amueblado, puede tener un sofá y dos camas y ya está amueblado.
    El inventario dice la última palabra pero solo para saber qué reclamar en caso de pérdidas o daños a lo contenido en él.
    La habitabildad exige que las tomas de corriente, luces, cañerias, desagúes, desposición de albañales, entre otros estén debidamente habilitados.
    Puede usted solicitar sea rescindido el contrato por haber causas que siendo obligaciones del arrendador no las ejecuta. Eso si no hay voluntad del arrendador de por acuerdo mutuo dar término al contrato si lo mencionaban sus cláusulas.
    saludos.
    http://asesorialegal-amyos.blogspot.com/2009/10/mantenimientos-y-reparaciones.htm

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 15 años
  • Ramon Ruiz

    casero/a

    Ana Cristina,

    Efectivamente, el casero tiene obligación de dejar en perfectas condiciones de uso y funcionamiento, tanto el inmueble como la totalidad del equipamiento que figure en el inventario adjunto.

    Vosotros teníais todo el derecho del mundo a exigirlos, antes incluso de firmar el contrato. Una vez firmado, debéis dejar constancia documental (burofax, por ejemplo) a la mayor brevedad posible. Si dejáis pasar demasiado tiempo, vuestra casera puede alegar que esas deficiencias han sobrevenido después que vosotros entrasteis y, hasta exigir que las reparéis a vuestra costa.

    Lo de no firmar el anexo con el inventario del amueblamiento, no creo que os pueda perjudicar. No sería muy ético pero, al finalizar el contrato, si falta alguna cosa de ese inventario, vosotros podríais alegar que ya no estaba al principio y por eso no firmasteis. Tampoco podríais llevaros todos los muebles, porque habéis alquilado un piso amueblado.

    En resumen: si no lo habéis hecho ya, burofax a la mayor brevedad requiriéndole a subsanar en plazo determinado (15 días por ejemplo) todo lo que os falta. Indicarle que pasado el plazo sin que lo haya resuelto, entenderéis que os está autorizando a repararlo vosotros a costa de ella.

    Llegado el caso, encargáis las oportunas reparaciones o reposiciones y el importe de las facturas lo descontáis de los próximos recibos.

    Así lo haría yo.

    Ramón Ruiz.
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