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Me piden 2 meses de fianza por lo del deposito a la junta
Estimados Señor@s de este foro:
aviso para navegantes. Ayer día 04 de septiembre de 2012 estuve en la consejería de hacienda de la junta de andalucía en sevilla, para más datos en avda. De la constitución y sí efectivamente para mi sorpresa por un alquiler por plazo de 10 meses para una profesora destinada a sevilla me exigieron dos meses de renta como fianza.
he presentado en numerosas ocasiones fianzas de alquiler y nunca he tenido problemas con independencia del plazo del contrato de alquiler de la vivienda; pero en esta ocasion al ir a ingresar en la caja la fianza me dijeron que este tipo de arrendamiento de vivienda inferior a 12 meses se considera por la junta como arrendamiento de uso distinto a vivienda al entender que son residencia de temporada y no permanente.
soy licenciado en derecho y pedi la norma en que ellos se basan para tal medida y me alegaban el artículo 36 de la l. A. U y la Lay 8/1997 de la Junta de Andalucía sobre deposito de fianzas en arrendamientos.
subi y hable con el jefe del que dependían los funcionarios de caja y arrendamientos y me dijo que la junta interpreta este tipo de alquileres con plazo inferior al año como alquiler para uso distinto a vivienda y por ello exigen dos meses de renta como fianza. Para mi una interpretación muy desfavorable para el arrendatario y que dificil el alquiler para el arrendador por lo gravoso de la fianza y mas si hay intermediarios como las inmobialiarias que cobran a ambas partes en el contrato de alquiler.
espero sirva esta explicación de ayuda,. Asimismo me comento que realizarían liquidaciónes de aquellas alquileres que se hubiesen presentado con fianza de un mes de renta debiendo pagar una fianza de dos meses en base a estos criterios.
atentamente
segidas
licenciado en Derecho
Pueden pedirle un mes de fianza legal y otro de fianza adicional