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Supongo el propietario debe contratar el seguro del continente y el contenido puesto que los muebles y objetos son de él. Yo ya tengo un seguro de responsabilidad civil en otra vivienda de mi propiedad. Me podria acoplar ese seguro con la vivienda que voy a alquilar, solo en el tema de R.civil. Ya tengo cubierto los desperfectos que ocasiono a terceros fuera del domicilio. Solo habría que añadir los de dentro de la vivienda alquilada.
Gracias por tus respuestas
A ver, dudo mucho que el seguro de responsabilidad civil le cubra en este supuesto; pues no hablamos de tropezar en la calle o algo parecido.
contrate un seguro de contenido (pues cosas suyas tendrá) y de responsabildiad civil.
son los 90€ mejor invertidos del mundo
pablo.
Por favor, no vaya abriendo hilos a cada duda. Si es del mismo tema, añada la información respondiendo en el mismo hilo.
Si la rc va conjuntamente con la vivienda, ésta no cubrirá daños en otra vivienda, ni en un accidente de coche, ni nada que no sea de esa vivienda. Quién mejor podrá informarle es su cia de seguros.
También, aparte de la rc, es aconsejable contratar contenido, pues seguro que vivirá ahí con su ordenador, su ropa, etc.