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Hola,
La pregunta es si en mi caso tendría que pagar el ibi, en el contrato indica lo siguiente:
"electricidad, agua potable, basura. Así como los arbitrios municipales y demás que correspondan al uso del local ". Entiendo que esto último haría referencia al ibi?
gracias.
Gracias, se lo haré saber entonces al arrendatario, que me lo ha pedido.
Matizando las palabras de mi compañero, el IBI, como su propio nombre inDica, Impuesto sobre Bienes Inmuebles, es un impuesto, no un arbitrio, es lo que tiene copiar y pegar models de contrato.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/
Buenas noches,
los arbitrios municipales que corresponda al uso del local hace referencia a iae, licencias, y tasa de basuras.
entre ellos, no se encuentra el ibi, que grava la propiedad del local (y no su uso).
por tanto, el arrendatario no tendría que abonar el ibi en este caso.
si desea más información, no dude en contactar conmigo.