La compañía que lee el contador de agua emite un recibo el cuál suele ir incluído en el recibo de la comunidad pero como gasto separado.
Ese gasto, el del recibo del agua, es por cuenta del arrendatario como lo es el de electricidad, o gas.
Eso si, su interlocutor ha de ser la parte arrendadora, o si es "su hija" ha de estar legitimada por su padre para relacionarse con usted con un documento escrito.
Y los pagos siempre a la parte arrendadora.
Seguramente que si lleva un año y pico sin pagar agua... aparezcan más recibos pues la facturación acostumbra a ser bimensual.
Saludos
Papeleos Alquiler