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loly

inquilino/a

Estoy en un piso de alquiler desde hace un año y hace poco me han dicho que el casero no puede cobrarme el gasto de comunidad
si el importe no está puesto en el contrato que ese gasto debe pagarlo él, ¿es eso verdad? si es asi puedo reclamarlo, qué debo hacer???
  • Preguntado por: loly
  • Hace 16 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • MAS

    profesional

    Debe especificarse en el contrato de arrendamiento que firmaste; en la claúsula que hable de los gastos.

    Si no pone nada (me extrañaría tanto), siempre el responsable del pago de los gastos de comunidad es el propietario y la Comunidad irá contra él. En estas cosas siempre es lo que se pacte entre ambas partes, arrendador y arrendatario , pero es totalmente legal que te los cobre, siempre pactando.
    • Respondido por: MAS
    • Hace 16 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Efectivamente, si no aparece en contrato no pueden reclamárselo, pero si lo ha estado pagando durante un año puede entrar en juego el consentimiento tácito.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 16 años
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