Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Para aportar un argumento jurídico, el período de carencia de rentas suele serlo únicamente de renta, pero no de gastos. Por tanto, salvo que el contrato establezca expresamente lo contrario (cosa que dudo, porque probablemente se usó un contrato estándar), tendrá que pagar los gastos que le correspondan.
Un saludo,
www.desalvador.es
No tiene sentido pretender dejar de pagar la parte proporcional de quince días del recibo de la basura, cuando el arrendador ya te ha regalado y liberado del pago de la rentas de esa quincena