Mi inquilino se ha ido, ha hecho unos daños, no ha pagado el agua y me faltan cosas. ¿Puedo pagar el agua y quitarle fianza?
Se marchó en octubre. Debe el agua de octubre año pasado. Me ha picado encimera, facturado cristal mesa, roto espejo baño, agujereado pared sin autorización segun contrato, roto pata mesa salón, etc.
Realice las reparaciones que corresponda, y tenga buen cuidado de conservar las facturas (bien cumplimentadas) de las reparaciones y sustituciones. Tome la precaución de hacer figurar la dirección del piso arrendado en las facturas.
Con todos los gastos atendidos realice una liquidación, cuyo saldo será superior o inferior a la fianza que obra en su poder. El sobrante queda a disposición de su inquilino, y si falta dinero tiene derecho a reclamar el pago.
Otra cosa, usted dice "se marchó"... si esto fue por finalización del contrato lo dicho anteriormente es correcto. Si sencillamente se fue, y aunque usted piense que no volverá el contrato sigue vigente, usted no puede entrar en esa vivienda sin autorización judicial.
A mi parecer, y viendo que es real lo que comentas, no le quitarías fianza sino que se hace responsable de sus compromisos, en su caso, con la fianza depositada de sus acciones y como responsable responde como todos los que incumplen llegado el momento, saludos.
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