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x favor me podéis aclarar?
Es q estoy recién mudada tuve q dar alta d suministros y mi primer factura d luz ha sido enorme x el Concepto d Contratación debo pagarlo yo?
Se podría interpretar que el alta es parte de esos gastos como dice León, pero en algunos Decretos donde exigen la cédula de habitabilidad, dicen que estos suministros (agua y luz) estén de alta, por lo que entonces sería responsabilidad del propietario.
Es importante saber en qué Comunidad está la vivienda para saber si obliga a esa cédula o no.
Michel Ramón: tal y como el dicen, depende de lo que dijera el contrato.
De todas formas, en principio es lo más razonable, porque la luz es un servicio individualizado mediante contador, y se imputa al inquilino segun el art. 20.3 LAU, a cuyo tenor:
Entonces puede interpretarse que el alta en la contratacióln de la luz es parte de esos gastos. Es cierto que la muchas viviendas tienen ya su contador y que lo único que se hace es cambiar la cuenta corriente donde se cobra. Pero hay caseros que prefieren que lo haga cada inquilino para no tener que afrontar el riesgo de que dicho inquilino no pague la luz.
Pero le reitero que depende de lo que diga el contrato.
Depende de lo que diga el contrato respecto al pago y/o contratacion de servicios de luz, agua y gas si lo hay.