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iker1964

inquilino/a

Mis padres llevan viviendo desde 1975 en un piso de alquiler con contrato verbal y ahora la dueña que tendra 90 años les

ha mandado una notificacion para que abandonen el piso ya que dice que quiere venir a vivir, cuando a estado desde por lo menos esa fecha viviendo en Malaga ¿que tienen que hacer mis padres ya que lo que creo que esta señora quiere es empadronarse para poder luego vender el piso ya que no tiene hijos? Muchas gracias y haber si alguien nos ayu

  • Preguntado por: iker1964
  • Hace 11 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (9)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Jan Abogado ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Iker:

    Coincido con la respuesta de mi compañero Pholmo

    Reciba un cordial saludo.

      http://letradosalquileres.es.tl

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    iker1964 a lo acertado de las respuestas recibidas yo añadiría que si el requerimiento de denegación de prórroga (así se llama), se lo han hecho mediante acto de conciliación, no debería acudir a él sin ser acompañado de Abogado, además experto en alquileres de renta antigua; por supuesto que no es obligatorio que lo haga así, pero es mas que recomendable, si no como le ha dicho Amparo puede verse en la calle.

    Esta cuestión de la necesidad del arrendador en alquileres de renta antigua requiere no dar un paso en falso, y la parte contraria parece que lo sabe perfectamente, en cambio vd está, permitame decirlo, bastante despistado por el momento.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • iker1964

    inquilino/a

    Estoy totalmente contigo Amparo, igual no me he explicado bien, lo que preguntaba era que si en el juzgado de paz, si es como en laboral, que no hace falta ir con abogado porque esun mero tramite.

    Esta claro que para poder defenderte bien necesitas un buen abogado experto en la materia, de eso no tengo ninguna duda.

    Me imagino que primero sera como un acto de concilacion y luego vendra la demanda para que abandones el piso porque lo quiere ocupar ella.

    Como lo veis vosotros que dominais el tema de que el juez les de la razon a mis padres de que la dueña no le intresa el piso sino deshacerse de ellos.

    Muchas gracias de nuevo

     

     

     

     

    • Respondido por: iker1964
    • Hace 10 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Se está jugando el dejar de vivir de alquiler por una renta barata a tener que buscar una de mercado... usted verá si le conviene tener o no un abogado... y uno experto en la materia...

  • iker1964

    inquilino/a

    Muchas gracias a todos por vuestra ayuda.

    Entonces lo mejor es negociar, pero si no quiere negociar, que posibilidades creeis  que tenemos para poder seguir en el piso.

    A la conciliación ¿se necesita ir con abogado? se puede ir sin nadie .

    Un saludo y fliz 2014 para todos.

    • Respondido por: iker1964
    • Hace 10 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Iker:

    Coincido con las respuestas anteriores.

    reciba un cordial saludo.

      http://letradosalquileres.es.tl

  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Iker,yo trataría de pactar y llegar a un acuerdo,ya que ella también irá con un abogado que le puede decir que vervalmente también se dijo. Etc. Etc. Y más. Al fin y al cabo la señora de 90 años es dueña y si necesita la vivienda. Qué juez la dejaría en la calle?  

    pleitear ,está bien,pero como bien dice Pholmo. Cuanto menos,mejor

    si se empadrona,o no tiene hijos o necesita el dinero de la venta ¿qué le importa a usted?

  • Josep Térmens Viñas

    Josep Térmens Viñas

    profesional

    Coincido con Amparo BB.

    Necesitais un abogado y toda la documentación que tengais: recibos de pago del alquiler, transferencias bancarias, empadronamiento. También podeis acudr a los vecinos; ellos son testigos de que vivís en el piso....

    http://www.abogadoarrendamientos.com/

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Coger toda la documentación que tengan que pruebe la existencia  y la fecha del contrato verbal y  acudir con la notificación a un abogado experto.

    Estaría bien llamar a Pholmo para empezar y hacer exactamente lo que él diga.

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