Tal como describes la situación no pueden reclamarte ese pago, si te lo incluyen en los recibos de renta deberás pagarlos descontando ese importe, si no te lo admiten deberás consignar judicialmente los alquileres para evitar el desahucio por falta de pago.
En mi blog, cuya lectura le recomiendo,
pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.