Pedro los pasos son simples contestar, con la ley en la mano, que no tienen razón, si van a un abogado se darán cuenta de su error. IMPORTANTE: No dejar de pagar el alquiler si no le admiten el pago por el medio ordinario, deberá consignarlo judicialmente. Le djo un enlace orientativo:
LA CONSIGNACIÓN JUDICIAL DE ALQUILERES Pedro Hernández Olmo, abogado