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Además ¿Cuántas mensualidades de fianza son?
¿la fianza debe ser depositada en la comunidad de madrid?
Depende de qué tipo de obras sean, obras de adaptación a la imagen del arrendatario, obras de adecuación a normativa, obras para que sirva al uso convenido, etc...
Lo mejor que puede hacer es acudir a un abogado especializado para que le asesore y defienda sus intereses.
En cuanto a la fianza, en arrendamientos de local es un mínimo de 2 mensualidades, pero el arrendador puede exigir garantías adicionales.
El arrendador deberá depositar la fianza en el IVIMA, pero la falta de depósito no anula el contrato.
Un saludo,
En el tema de las obras es muy conveniente que en el contrto queden especificadas con toda claridad, así se evitaran problemas a la finalización del arriendo.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/
Las obras las paga el inquilino, previa autorización expresa para hacerlas del arrendador.
La fianza es por el importe de dos meses de renta y se ha de ingresar en el IVIMA
Independientemente el arrendador puede pedir varias mensualidades como garantía complementaria, así como otras garantias adicionales.