Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Estoy de alquiler en una vivienda y en un bloque que es dueño el mismo propietario y la cuestión es que llevan mas de 3 meses haciendo obras en diferentes pisos del edificio y el ruido de los taladros y de los albañiles y todo es insoportable durante todo el dia, se puede hacer algo al respecto?
Gracias!
Gracias por vuestra rápida respuesta, la cuestion es que hay un patio interior y el tema de que sobrepasen los decibelios puede que sea ese el caso, porque estan con un martillo electrico y lo escucho como si lo tuviera en mi piso, mi pareja trabaja en casa y esto se hace insoportable!
Eduardo, en una reclamación por impago no creo que tenga mucha probabilidad de alegar nada, ni con certificado médico ni con el mismo médico. Además, esa certificación debería probar que es justamente por causa del ruido de las obras.
Me sorprende ver un consejo así de un abogado.
Otra cosa es que con ese certificado intentase una demanda de rescisión de contrato, pero unilateralmente no puede terminar un contrato.
Si consigue un certificado médico que diga que los ruidos le están afectando físicamente, haciéndole enfermar, podrá desistir del contrato y seguramente, caso de que el dueño reclamara una indemnización, el juzgado admitiría el hecho que usted menciona como causa justa para el desistimiento del contrato.
Respecto a las obras si los ruidos se emiten en horario permitido, y tienen las licencias correspondientes, no se puede hacer nada.
Lo que puede intentar es llegar a un acuerdo con el arrendador, explicarle la situación e intentar la resolución o fin de contrato de mutuo acuerdo.
Saludos
Oscar
Hola antonio:
salvo que los niveles de ruido superen los límites permitidos o los trabajos se ejecuten fuera de las horas permitidas, la respuesta a su pregunta es negativa
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Solo se puede intentar llegar a un acuerdo, pero si no cuenta con el beneplácito de la otra parte solo podrá esperar a la finalización del contrato para irse, debiendo avisarlo con 30 dias de antelación de forma fehaciente
Un saludo