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Estoy a punto de alquilar un apartamento, mi propietario me exige en el contrato que domicilie el alquiler y los gastos de luz y agua, que vienen a su nombre.
Yo quisiera realizar el pago mediante tranferencia. ¿Estoy obligada a domiciliar?
gracias
Sí, te explicas, pero no es asi.
Tú vas a tu oficina del banco, pides que hagan una transferencia al nº de cuenta desde el que se te domiciliaba el recibo y lo hacen tan tranquilamnete, pues hay seguimiento de cuentas y en el ordenador sí sale desde que cuenta se realizaba la domicialización
Pero hombre... si lo tiene domiciliado es que se lo cargan a su cuenta; por lo que no es ella la que manda la orden contra una cuenta sino una orden de pago desde otra cuenta; por lo que no tiene forma de saber la cuenta origen de esa orden.
me explico?
Paolo... porque cada mes haces un ingreso por el valor del alquiler a un nº de cuenta.
El supuesto de Paolo no existe, pues si no se te carga el pago, y está estipulado en el contrato la forma de pago, será negligencia del arrendador, y aún así tú podrías hacer la transferencia.
La domicialización bancaria la puedes revocar en cualquier momento
En caso de hacerlo que sepa que tiene 30 dias naturales + 2 hábiles para deshacer el cobro, si es menor de 3000€
El propietario puede pedir mas o menos lo que considere en este aspecto; si no te parece bien, busca otro piso.
En cualquier caso, yo te recomiendo encarecidamente que SIEMPRE seas tu la que hace la transferencia y no el casero el que te lo carga; puesto que ante la ley TU estas obligada a pagarle y no él a cobrarte, por lo que ante un caso de que te quisiese echar, podria dejar de cargarte el alquiler y demandarte por impago...
Ademas, si es él el que te carga el gasto; no puedes realizar reparaciones que él no ejecute y descontarlo de la cuota.
Pablo.