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Estoy de alquiler en un piso, que desde que se me alquilo, las tuberias han estado en mal estado, por lo que han tenido que arreglarlo, para lo cual han tenido que levantar el suelo de dos habitaciones. Ahora a la hora de tapar y poner el suelo, no me quieren poner parquet como en el resto de la casa, y originalmente venia. A cambio quieren poner tarima flontate de muy baja calidad. Están obligados los propietarios a arreglar las averías y dejar las mismas calidades que habian inicialmente, o por el contrario pueden poner parches para ahorrar costes.
El propietario solamente tiene que arreglar las averías y cambiar las cosas por algunas parecidas o que hagan el mismo funcionamiento.
Es decir que si se rompe la lavadora, no tiene porque poner un anueva, puede poner una de 2ª mano o 3ª mientras funcione.
En el caso del suelo es lo mismo, mientras haga constar que es cosa suya para que luego no pueda reclamarte que pongas tu el parquet porque lo has sacado tu.
La obligación que establece la Ley es la siguiente: Artículo 21. Conservación de la vivienda 1. El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido.
Por tanto es difícil precisar que la obligación llegue a sustituir el suelo por otro idéntico al que hubiera antes de la avería, siempre que reúna las mínimas condiciones para su función.