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Hace 6 meses alquilé un piso y le facilité al propietario mi número de cuenta bancaria para domiciliar los recibos, pero ni lo ha domiciliado,n i me llegan los recibos, tan solo el del gas. Ahora me ha mandado un escrito de su puño y letra con un estracto de los gastos originados durante este periodo , ¿estoy obligado a pagar en estas condiciones?
El arrendador no tiene porqué domiciliar dichos recibos. Si usted está conforme con el consumo que ha realizado de agua y electricidad, entonces su obligación por ley es pagarlos (como hacemos todos).
Respecto a si estos se acumulan o no durante 6 meses, deberá usted hacer una reserva mensual para esos gastos cuando se produzcan. Ciertamente no es la forma más cómoda, pero en contrapartida piense que usted ha tenido el importe de esos gastos para generarle bien intereses, bien otros usos que haya necesitado.
Saludos cordiales.