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mariabgutierrez

inquilino/a

¿Estoy obligada a pagar el IBI del piso donde vivo de alquiler si se ha firmado así en el contrato?

llevo 2 años y medio viviendo en un piso alquilado por inmobiliaria. en el contrato hemos firmado que se pagaría el IBI, hasta que alguien me comentó que el inquilino nunca debe pagar este impuesto, como es lógico. En el extracto que nos envía el banco cada mes del pago del alquiler, el IBI viene desglosado aparte. Podríamos hacer algo para dejar de pagar este impuesto? Aparte de una injusticia, se comenta que lo van a subir este año con lo cual, pagaríamos aún más de alquiler.

Es cierto que aunque se firme esta u otra cláusula en el contrato, si es ilegal quedaría anulada?

muchas gracias por vuestas respuestas.

  • Preguntado por: mariabgutierrez
  • Hace 12 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    El IBI se puede pactar en el contrato a quién le toca pagarlo. Si el contrato no dice nada al respecto, lo tendrá que asumir el arrendador, que no es tu caso.

    A quién te ha dicho que ese impuesto nunca debe pagarlo el inquilino le respondes que está equivocado.

    Lo único que se puede hacer para dejar de pagar ese impuesto es hablarlo con la parte arrendadora y llegar a un acuerdo, pero depende de la buena fe y voluntad de la otra parte

    Ayuda a cambiar el mundo!

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Paolo_x

    inquilino/a

    Maria, 

     

    Creo que tu misma sabes que si firmaste que lo pagarias, te toca pagarlo.

     

    aun asi, tienes razon cuando dices que algunas clausulas son nulas aunque se firmen, pero la del ibi no es el caso, pues lo contempla la ley (si se pacta en el contrato).

     

    saludos, 

    pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Si en el contrato firmaron que se harían cargo del ibi no tiene argumento alguno para dejar de pagarlo.

    para ampliar o aclarar esta información puede  Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  Directa e inmediata (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/ 

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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