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El casero me dice que tengo yo la obligacion de asegurar la vivienda propiedad de el ya que yo soy inquilino y quisiera saber si es asi o el tiene alguna obligacion de tenerla asegurada
daniel escobar ¿No te has enterado que AmparoBB ya dió la respuesta ecertádamente hace 26 meses?
Habres de nuevo el hilo y encima desarcertádamente,pues 1º dices que es obligatorio,cuando es mentira,pues no lo es y 2º hablas de una "nueva ley" que no existe (pues sólamente está en proyecto)
¡Te has lucido en tu primera intervención!
Me temo que si que tienes la "obligación" por la resposabilidad que se puede derivar en caso de incendio, inundación ..
La nueva ley de arrendamiento, en caso de siniestro, pone las cosas muy dificiles al arrendatario, que esta obligado a hacer se cargo del mantenimiento de la vivienda.
saludos
No se de donde sacan que es obligatorio el seguro y tal y cual, es altamente recomendable tener un seguro para contingencias como incendio, la típica fuga de agua que moja al vecino etc... pero NUNCA y repito NUNCA es exigible por ley , y ninguna base legal apoya la tesis de que inquilino o propietario tenga obligación de contratar un seguro. distinto es quien responda de los daños según lo que suceda en el piso ( negligencia del inquilino, rotura de instalaciones, pequeñas reparaciones, desgaste etc...)
en que cabeza cabe que yo asegure los bienes de mi inquilino el puede decir que tiene oro molido en casa o que yo asegure contra incendio el bien de otra persona asegurare mis muebles y mis pertenencias y la responsabilidad civil que se derive de mis acciones pero no las de otra persona, ya amas que de la ley es de sentido común.
señores leanse las leyes y en caso de duda acudan a un profesional cualificado que existen muchos y muy buenos como agencias inmobiliarias con todos sus parabienes, o letrados experimentados que les sacaran de todas sus dudas.
Desde luego ni la ley de Arrendamientos Urbanos ni el Código Civil como norma subsidiaria contemplan la obligatoriedad de suscribir un seguro en el caso de viviendas o locales arrendados. En el supuesto de Francisco Murillo si el casero como requisito previo exige la contratación de un seguro pues ya sabe: "Son lentejas. "
todo ello sin perjucio de la absoluta conveniencia de tener ese seguro sobre todo de rc y defensa y reclamación.
Señora Vera Grande, en este foro se ha repetido hasta la saciedad que no es obligatorio el seguro de hogar por ninguna de las dos partes aunque sí recomendable. No he encontrado ninguna normativa que diga que el seguro es obligatorio. Me podría indicar en qué se basa para dar tal afirmación?
un saludo
Los seguros no son obligatorios, son convenientes pero eso ya cada uno escoge.
Pregunto lo mismo que deaquiydealli ¿Dónde dice la ley que un seguro sea obligatorio?
Deaquiydealli,
el seguro obligatorio contra incendios es impuesto cuando el inmueble cubre una garantía hipotecaria y es exigible por la propia ley hipotecaria y por el banco que ejerce la hipoteca.
si bien es cierto que legalmente no es exigible por sí mismo.
en este sentido, el obligado es el propietario tomador de la hipoteca, pero puede trasladar esta obligación al inquilino a través del contrato de alquiler y con notificación al banco de que está alquilando y trasladando la obligación del seguro.
en caso de que tenga cualquier duda puede ponerse en contacto con nosotros, y estaremos encantados de resolvérsela y ponernos a su disposición.
un saludo
desahucios Ya
www.desahuciosya.com
Telf. (34) 653209052
Desahucios ya, dónde se dice que haya obligación de asegurar la vivienda y que deba ser el propietario el que la asegure?
Hola,
toda vivienda tiene que tener el seguro obligatorio contra incendios, sin embargo el asegurador en principio y salvo que en el contrato de alquiler te hayan impuesto la obligación corresponde al propietario.
si en el contrato de alquiler figura que será el inquilino quien asegure corresponderá al inquilino el abono y la obligación de asegurar.
en caso de que tenga cualquier duda puede ponerse en contacto con nosotros, y estaremos encantados de resolvérsela y ponernos a su disposición.
un saludo
desahucios Ya
www.desahuciosya.com
Telf. (34) 653209052
Ninguno de los dos tiene obligación.
es algo muy conveniente (para ambos) pero no obligatorio.
Aquí puede leer más sobre los seguros de hogar.