Mari si lleva usted 25 años en esa vivienda quiere decir que su contrato es anterior a la ley actualmente vigente, es un contrato de los llamados del decreto Boyer, con lo cual hay dos opciones:
1. Que tenga usted derecho a duración ilimitada, prorroga forzosa a su favor, con lo cual el casero no puede dar por terminado ese contrato, y si quiere vender tiene usted derecho de adquisición preferente a precio de capitalización.
2.- Que su contrato haya consumido las prórrogas previstas en la ley. con lo cual deberá marcharse si su casero le ha preavisado correctamente. Sin leer ese contrato es cuanto puedo decirle.
Pedro Hernández Olmo, abogado