Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
El propietario me da largas, tanto para cambiarlo como para arreglarlo
Si te demanda judicialmente por impago, un juez solo mira si hay o no impago.
Desde la firma del contratro se presume según la ley, salvo prueba en contrario, que el arrendatario recibió el piso EN DEB IDAS CONDICIONES. Si no fuera así comunicar por burofax con acuse de recibo y certificación de texto.
La LAU dice que las pequeñas reparaciones corresponden al inquilino. Asimismo si fueran grandes reparaciones y hubiera MAL USO, correspondería al mismo.
Si el calentador dejara de funcionar POR VIEJO y AGOTARSE SU VIDA ÚTIL, sería a cargo del arrendador. La vida útil la certificaría POR ESCRITO EL TÉCNICO CORRESPONDIENTE. saludos,