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Si queremos rescindir un contrato de mutuo acuerdo antes de un año,tendría algún tipo de penalización?Gracias
Si la rescisión es de mutuo acuerdo no ha lugar a la penalización. Pero pueden desisitir del contrato transcurridos 6 meses del mismo.
Si firmó el contrato después del 6 de junio de 2013: El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.