Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
En abril cumplo un año de alquiler y la mujer del casero me dice que no me va a renovar porque necesita el piso para ella. En el contrato no consta ninguna clausula por la cual pueda rescindirme el contrato por este motivo. ¿ Tiene algun derecho legal para echarme ?
Pue en ese caso ,con un buen abogado ,pueden llegar a demostrar que el contrato y los inquilinos son los mismos.Siempre es mejor negociar que pleitear
De momento no la he comunicado por el siguiente motivo que no lo comente en mi primera pregunta: llevo 6 años en este piso pero los 5 primeros el contrato estuvo a mi nombre y ya al sexto año se redacto un contrato nuevo a nombre de mi novia para el tema de la declaracion de la renta ( ella es la que actualmente tiene trabajo ). Hay gente que me esta comentando que puede ser que cuenten eso 5 años ya que somos los mismos inquilinos y entonces no este tan claro esa renovacion automatica por otros 4 ¿ esto es asi ?
Hola Antonio:
Coincido con las respuestas anteriores y le sugiero la lectura de los siguientes enlaces:
http://letradosalquileres.es.tl/La-denegacion-de-la-prorroga-del-articulo-9-LAU-1994.htm
reciba un cordial saludo.
Estoy con la respuesta de Pedero,si no tiene cláusula de necesidad en el contrato,deberá pactar con la casera una salida indemnizada,como un mes por año que falte + mudanza o si nó....al juez hasta el 5º año completo
Coincido con mi compañero Pedro y añado:
esa clausula es un ejemplo de redacción hecha por un incompetente.
en mi blog http://bit.ly/1dOo2ah puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd. , puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
Gracias por contestar tan rapido , otra duda que me queda es la forma en la que esta redactado la duracion del contrato que es la siguiente: " El presente contrato tendra una duracion de UN AÑO, comenzando a regir el dia 01 de mayo de 2013, y por ello quedara extinguido el 31 de abril de 2014, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 9 de la Ley de Arrendamientos Urbanos nº29/1994, del 24 de Noviembre. " Me imagino que aunque ponga que se extingue el contrato al de un año, por ley se renueva automaticamente hasta 5 ¿ es asi ?
No, ninguno. Pero recuerda que en todo caso quien decide que te vas va a ser siempre un Juez.
Puedes estar en la vivienda 5 años, pero tambien puedes negociar con los caseros para marcharte, solicitarles a cambio la inmdenizacion que estimes conveniente. En fin, posibilidades de negociar siempre hay.
Pedro Martínez
Abogado