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Mario

inquilino/a

MUERTE DE LA ARRENDADORA SIENDO PARTE DEL INMUEBLE PROPIETARIA Y PARA SUFRUCTARIA
HOLA  LA ARRENDADORA ES PROPIETARIA DEL 50 % Y DEL OTRO 50% LO TIENE EN SUDFRUTO, AL FALLECIMIENTO HAY QUE RESPETAR EL PERIODO DEL CONTRATO
GRACIAS
  • Preguntado por: Mario
  • Hace 7 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
Oscar Aparisi ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    El local comercial, es de libre pacto, por lo tanto, los herederos tendrán que cumplir 100% lo estipulado en el contrato.
    A no ser, que el contrato haga referencia a lo que se debe hacer en caso de fallecimiento del arrendador, cosa que dudo mucho.
  • Mario

    inquilino/a

    Perdón, no es una vivienda, es un local comercial
    • Respondido por: Mario
    • Hace 7 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Si, habría que ver el contrato, pero en principio, deben respetar los herederos el contrato, a no ser, que lo necesiten para habitarlo.
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