Buenas tardes, pepa:
Coincido con el Sr Piscis en que usted no tiene obligación alguna de enseñar la vivienda. Respecto a qué efectos tendría la venta de la misma debe revisar su contrato para ver si usted renunció a su derecho de tanteo(adquisición preferente) en caso de venta de la vivienda. En caso de que usted haya renunciado al citado derecho, la vivienda esté inscrita en el Registro de la Propiedad y su contrato de arrendamiento NO esté inscrito en el citado Registro, el adquirente(comprador) de la vivienda podrá solicitar la extinción del contrato de arrendamiento.
Reciba un cordial saludo.
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