Como particular, tengo un contrato de alquiler donde el arrendador es una SL. Ha funcionado sin problema por varios años, pero ahora el administrador único de la SL (la persona que me alquiló el piso) me comunica que va a disolver la SL y me pide que empiece a pagarle en otra cuenta corriente diferente a la estipulada en el contrato. ¿Qué validez le queda a este contrato? ¿Debo reclamarle el aval emitido a favor de la SL? ¿Debo sin más comenzar a pagar en la nueva cuenta? Gracias anticipadas.
Haz que te lo comunique por escrito la S.L. indicando el nombre del nuevo arrendador y el domicilio del ingreso, con la aceptación de este último en la subrogación del contrato de arrendamiento.
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