Buenos días, En primer lugar, si existe una necesidad de vivienda, el preaviso debe ser con al menos dos meses de antelación, por lo que usted podría estar hasta el 15 de febrero. Por otro lado, si la renta la esta pagando de mes a mes en los primeros días de cada mes, debería cobrársele diciembre y los días que correspondan de enero, es decir, hasta el 20 de enero. ..si usted los ha pagado, no tiene nada que reclamarle en lo que a renta se refiere.
Un saludo.
PdC Sociedad Inmobiliaria.