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Firmé contrato de alquiler a través de una inmobiliaria.
El porpietario desde luego que no, siempre que le pague mensualmente el alquiler.
El acreedor embargante tendrá que respetarlo también si se adjudica el piso.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/09/servicio-de-consultas-legales.html estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente