Los contratos de arrendamiento se firman para ser cumplidos por
ambas partes, e implican derechos y obligaciones para ambas partes.
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El arrendador tiene el
derecho de cobrar la renta de anualidades completas y la obligación de tener a ese inquilino hasta 5 años aunque encuentra un inquilino que le pague más, que la guste más o que la caiga mejor.
El arrendatario (es decir tú) tiene la obligación de pagar la renta y de permanecer el tiempo al que se hubiera comprometido, y, derecho a prórrogas por, anualidades completas hasta que el contrato cumpla 5 años.
Si el arrendatario o inquilino se marcha antes de tiempo (como es tu caso ya que 29 días antes del cumpleaños del contrato, el contrato se renovó por otro año), el casero le puede
demandar por incumplimiento de contrato, y ello podría significar que un juez le condene a
seguir pagando hasta que el piso vuelva a alquilarse o hasta cumplir el año de la prórroga, y además, y esto es muy caro, a correr con las costas del juicio.
Si al inquilino le es imposible esperar a que se cumpla el año, debería intentar convencer a su casero para que, en vez de demandarle, acepte una cantidad negociable de varios mees de renta a modo de indemnización por el incumplimiento.
Lo mejor: Negociar con el casero o quedarse en el piso el tiempo pactado.
Lo peor - por caro - para el inquilino, será ir a juicio.
Suerte en la negociación, y tenlo en cuenta para la próxima vez:
http://sites.google.com/site/papeleosalquiler/