Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Tengo contrato de alquiler por un año, me he quedado sin empleo y debo volver a mi casa en otra CCAA, en la inmobiliaria me dicen que hasta que no encuentren un inquilino no me puedo ir, en tal caso debo pagar todo el año, además me indican que si quieren que ellos me busquen inquilino debo pagarles 170 por gastos de comercialización del inmueble.
He intentado llegar a un acuerdo pero es imposible, y claro el día 10 de mayo me voy de aquí y debería tener cerrado este tema ya que no voy a volver en mucho tiempo. Tengo que decir que realmente nunca he tenido este tipo de problemas antes en ningún sitio, y además no me voy de aquí porque yo quiera sino para evitar retrasarme en los pagos.
Gracias a todos de antemano por las respuestas
Pues si no llega a un acuerdo con los arrendadores lo tiene dificil desde luego lo que no es recomendable es marcharse sin más, el contrato continuará vigente y devengando alquileres.
Tambien le conviene considerar el viejo principio: pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también que en el momento actual la LAU vigente desde 1 de enero de 1995, ha venido a corregir el desequilibrio que existía entre las obligaciones del casero y las del inquilino por lo tanto tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.
Aunque en el contrato de arrendamiento no aparezca previsto el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente
Le sugiero la lectura de mi bloghttp://www.pedrohernandezabogado.com/y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).