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Quisiera saber si tengo derecho a cumlir mi contrato y quedarme en el piso ya que me ha costado un dinero adecuarlo para estos cinco años.El propietario a dejado de pagar la hipoteca pero yo siempre he cumplido con los pagos.
Gracias
No Amparo, quizá no he redactado bien, me refiero a que si ese contrato contiene una clausula de necesidad a favor del dueño, considero que al venderse se transmite al comprador, que s esubroga en todos los derechos y obligaciones dimanantes de ese contrato.
Completando la respuesta habría que conocer si en el contrato está prevista la necesidad del dueño como causa de denegación de prórroga en cuyo caso si el comprador lo necesita pudiera no ser válido lo antedicho.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)
http://www.pedrohernandezabogado.com/
creo que yo llegado el caso lo intentaria, es un muy buen consejo el que te da Amparo
Si llega el caso y te ves en la necesidad de escoger, pero no puedes comprar, anotate lo que te dice Amparo BB, verás como si lo comentas a alguien que entienda de pisos te dirá que si lo consigues es un chollo (pero solo si te ves en la necesidad)
Imposible mejorar la respuesta de Amparo
Rude ,tu respuesta es de que no, ya que cuando lo compra, sabe de tu existencia y de su necesidad.
Estoy en la misma situación y sólo me queda una duda:
Si el casero vnde el piso a un particular que lo quiere usar como residencia, podría 'echarme' legalmente del piso dado que es el propietario y la requiere como vivienda propia?
Gracias!
Claro que tienes derecho a permanecer ahí hasta el 5º cumpleaños del arriendo.
se venda el piso o no se venda tienes derecho a permanecer en él incluso aunque tu casero sea otro.
respecto a la intención de tu arrendador de vender: Que lo venda si puede!
nadie va a comprar sin ver. Y nadie puede ver si tú no permites la entrada. Cosa a la que estás en tu derecho.
puedes decidir entre:
1 - Quedarte en el piso
el nuevo dueño sería tu nuevo casero.
si quisieras hacerle un Favor a tu actual casero, puedes aceptar mostrar el piso un día al mes a posibles compradores. Como te he dicho, no tienes por qué hacerlo. ¿o sí? $$$$$$
2 - Quedarte con el piso
tambíén has de saber que si igualaras la oferta de compra de un terecero , tienes derecho de adquisición preferente , tanteo y rectracto, y podrías quedarte tú con la vivienda a ese mismo precio.
3 - Marcharte del piso
si quieres hacerle aún un Favor aún más grande, acepta marcharte, a cambio de una indemnización. Esa indemnización no está estipulada en ninguna parte. Tú pones la cifra y o te la paga, o te quedas hasta el 5º cumpleaños del contrato.
eso sí en ese momento te irías sin ninguna indemnización.
si decidieras irte y negociar la indemnización, no vayas a pedir menos que esto:
- Devolución de la fianza. (ahora. No cuando venda pues tal y como está el patio. Vete tú a saber cuándo venderá)
- Pago de la comisión de la agencia que te busque otro piso que te guste.
- Pago de la Mudanza.
- Una indemnización en metálico de al menos el equivalente a un mes de renta por cada año que te quede de contrato, más el prorrateo del año en curso.
saludos - Papeleos Alquiler