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Gerardo3

inquilino/a

Llevo 4 meses de alquiler en una habitación y me quiero ir para estar más cómodo y cambiar de vecinos
El dueño me dice que tengo que dejar a una persona en mi sitio o pierdo la señal. Existe un contrato que en unos de los puntos dice: que el incumplimiento del contrato de un año supondra la pérdida de la fianza. ¿Es legal?

Un saludo y gracias!
  • Preguntado por: Gerardo3
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (1)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si firmaste un contrato de un año, ambas partes estáis obligadas a cumplirlo.

    Tu arrendador, puede que por experiencia, incluyó una cláusula, con la que ambos estábais de acuerdo puesto que la firmásteis, para evitar tener que recurrir a un juez en caso de que tú incumplieras tu parte del contrato. Para incumplirla él, y ponerte en la calle antes de año, hubiera necesitado una orden judicial. Tú sin embargo puedes irte simplemente pagando una indemnización. Si no la pagas, y tu arrendador recurre al juzgado, probablemente te saldría más caro pues podrían condenarte, además de a pagar la indemnización, a pagar las costas judiciales.
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