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El 20 de diciembre hago 15 años viviendo en la casa y el dueño me da hasta esa fecha para que me vaya. ¿Puede?
Ante todo habria que examinar ese contrato que parece encontrarse en prórroga tácita, para determinar la duración de esa prórroga.
también habría que conocer si ese preaviso de cancelación se ha efectuado conforme señala la lau.
por último debe saber que el único que puede decidir el desalojo d eesa vivienda es un Juez.
En definitiva para ampliar o aclarar esta información puede Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
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