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Cuántos años debes llevar.
Son los contratos anteriores a mayo de 1.985, fecha de entrada en vigor del Decreto Boyer que modificó la legislación anterior en el sentido de que los contratos posteriores a esa fecha no tienen prórroga forzosa. Incluso para ser más preciso habría que llamar así a los contratos anteriores a 1.985 que tengan la renta congelada o inferior a la renta de mercado, pues hay contratos anteriores a esa fecha con renta actualizada. Se trata de una denominación popular, no jurídica estrictamente.
En 1.995 entró en vigor la actual Ley de Arrendamientos Urbanos.