Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
La propietaria del piso que hemos alquilado mi compañera y yo nos ha puesto una clausula en el contrato de alquiler en la que consta que tenemos que avisar con tres meses de antelación para entregar el piso. A mi me parece un poco abusivo pero como no entiendo mucho de esto y es la primera vez que alquilo un piso, prefiero consultarlo a alguien con más experiencia ya que por nuestros trabajos es posible que tengamos que entregar el piso antes de cumplir el contrato de alquiler de un año.
Agradecería cualquier respuesta o aclaración a mi pregunta.
Muchas gracias.
Con la nueva normativa,pienso que poner una cláusula de desistimiento.no tiene mucho sentido,ya que pasados los seis primeros meses de obligado cumplimiento ,el inquilino se puede ir avisando 30 días antes.
Con la normativa anterior ,que solo se podí ir en cada año completo,sí que tenía más sentido
Una cosa es el plazo de un mes para el vencimiento del plazo, otra es el plazo (libre) que concede el casero por una facultad de desistimiento que con la nueva redaccion de la ley solo tiene sentido para los 6 primeros meses de contrato y otra es el plazo, tambien de un mes, para el desistimiento regulado en el art. 11 de la lau cuya lectura te recomiendo.
En cualquier caso cuando tengas la necesidad de desistir pasate por aqui y podremos decirte que plazo tienes, en que forma debes hacerlo, cuando surte efecto y, en su caso, que indemnizacion debes abonar.
Pedro Martínez
Abogado