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Según el propietario, puedo desgravarlo en la declariación de la renta, pero yo creo que el IBI no figura para desgravar. ¿Me puedo negar a incluir dicha claúsula en el contrato?
Gracias
Puede negarse a que incluya dicha claúsula en el contrato,es negociable entre las partes, pero es perfectamente legal según el artículo 20.1 de la LAU. Aunque debe figurar en el contrato el importe del año anteriror y éste está sujeto a actualización según el IPCGN.
Respecto a si se puede desgravar o no, no tengo ni idea, espere a que se lo responda algún buen experto de los que por aquí circulan.
un saludo