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Tengo alquilada una vivienda en cuyo contrato se incluye el pago de la comunidad de propietarios por el inquilino. Este mes, el recibo de la comunidad se ha encarecido por la insonorización de una sala para la comunidad de vecinos. El inquilino entiende que se trata de una derrama y alega que basándose en el artículo 20 de la ley de ordenamientos urbanos sobre "gastos generales y de servicios individuales" no le corresponde abonarla. ¿Es cierto? ¿Tiene que pagarla el propietario?
Así es.
El inquilino solo tiene obligación de pagar el importe que figure en el contrato.
Anualmente puede ser revisado (en caso de que el recibo suba) como máximo en el doble del IPCGN. Nada más.
Saludos - Papeleos Alquiler.