Hola.
Eso es aplicable para inmuebles de nueva construcción según El Código Técnico de la Edificación (CTE).
No hay vicios ocultos, usted lo pudo preveer pues estaba a la vista.
Nada puede reclamar.
Puede solicitar dar término a su contrato pagando indemnización al casero.
saludos.
visite mi web.
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