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He avisado con un mes de antelacion k abandono el piso i me coincide el dia 17 y me an dicho k tengo k pagar la totalidad del mes aunke solo este 17 dias, es asi o estoy en mi derecho de pagar solo 17 dias?
Hola Pablo:
1º) si su contrato comenzó el día 17 y usted pagó sólo del 17 al 30 0 31, en esta ocasión es lo mismo.
2º) si su contrato comenzó el día 17 y usted pagó todo el mes, en esta ocasión también deberá abonar toda la mensualidad.
reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Javier, es que confundes mes con mensualidad. Un mes es un mes, con su nombre y todo, y una mensualidad es la doceava parte de un contrato de un año.
pedro Martinez
Abogado
Si el contrato empieza el dia 18 no se le puede cobrar una "mensualidad", y si se hace esa mensualidad va del 18 al 18 del mes siguiente, lo mires por donde lo mires.
Ahora bien, si quieres tener la razón, ningún problema, pa ti la perra gorda
Lo de los bocadillos me parece de párvulos y sacado de contexto para tener razón en algo absurdo q dudo q tú mismo te creas ( pero como groucho.. me puedo equivocar)
Tienes razón,que del dieciocho al dicisiete del mes siuiente hay treinta días,pero si yo no quiero te hago pagar dos meses
Cada mes tiene un nombre distinto enero...febrero...marzo y la mensualidad se refiere a un mes
Si te vendo dos bocadillos y muerdes los dos un poco cada uno evidentemente sólamente te has comido uno.........pero te cobro los dos
Amparo cuando existe buena voluntad,nunca hay problemas,pero estamos hartos de ver los casos en el foro.Saludos
Que sí Javier. Pero si el contrato se hubiera iniciado un día 18, una "mensualidad" iría del 18 al 17 del mes siguiente.
Arreglos particulares se pueden hacer siempre que dos estén de acuerdo.El problema llega cuando uno dice lo contrario.Y es en este caso cuando yo digo que el mes se puede reclamar íntegro ya que es como su propio nombre indica "mensualidad"
Javier. Pero un alquiler pudo empezar un día 18. Y el primer mes pagar del día 18 al 30. Entonces el último se paga del día 1 al 17.
thats all
saludos - Papeleos Alquiler.
Pedro,Insisto:las mensualidades son indivisibles y hay que pagarlas completas,si pagas del 1-7 tienes derecho hasta el treinta y uno,si te vas antes.........es como los hoteles,tu pagas el día y tienes que dejar la habitación antes de las 12 del día siguiente.Si te tienes que ir a las tres de la mañana por lo que sea vete a reclamar y verás lo que te dicen
Saludos
No estoy de acuerdo Javier, si no lo has pactado expresamente, el inicio y el fin del contrato son de fecha a fecha, asi que si un 17 de junio de 2010 comienzas a pagar mensualidades, el 17 de mayo de 2011 habras abonado una anualidad de renta y si en esta ultima fecha, con el previso realizado, abandonas la vivienda, no hay que pagar el mes entero ni nada en absoluto.
Pedro Martinez
Abogado
Aunque hayas alquilado el día 17,deberás pagar el mes completo,y cuando te vas,también deberás pagar el mes completo(por supuesto debes avisar con 30 días de adelanto a la fecha del cumpleaños del contrato)A no ser que en el contrato se especifique que el alquiler es semanal
Saludos
De acuerdo con las respuestas anteriores salvo que (no se si he entendido bien la consulta) el contrato tuviese la fecha de inicio en un dia 17 y la finalizacion de la anualidad sea tambien por tanto ese dia 17.
Pedro Martinez
Abogado
Yo me daria con un canto en los dientes de que no te pidan el año entero!
vamos, es que no se que mas puedes pedir!
Tienes que abonar la totalidad del tiempo pactado.
si pactaste dos años, los dos años, si estás en una prórroga anual La totalidad de la prórroga anual.
si el propietario acepta que te vayas antes de tiempo, Págale el mes completo no vaya a ser que se arrepienta y te reclame el resto de los meses hasta cumplir la anualidad.
saludos - Papeleos Alquiler.